El Gobierno porteño había apelado el fallo de primera instancia de la jueza Alejandra Petrella en una causa presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels),la Asesoría Tutelar y el Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental.
La jueza Petrella había intimado a la Ciudad a que informe en dos días las obras que encaró para realizar Unidades Transitorias de Aislamiento y Febriles de Urgebncia en los hospitales monovalentes Braulio Moyano, José Borda, Tobar García y Torcuato de Alvear.
También que tipo de protocolos había elaborado en el caso de detectarse casos positivos de coronavirus y la realización de testeos masivos a los pacientes allí internados.
Entre otros argumentos legales, el Gobierno porteño había apelado esta resolución con el argumento de que el plazo otorgado «era exiguo».
La Cámara aseguró que la situación «podría agravarse sin una oportuna y adecuada intervención integral por parte de las autoridades de salud, pudiéndose ver que el testeo masivo se muestra como una medida preventiva razonable para evitar y controlar la propagación del virus».
Y advirtieron que las argumentaciones del Gobierno son «insuficientes y dogmáticas en tanto no describen qué otros mecanismos podrían ser ejecutados para alcanzar aquellos mismos objetivos».
Al mismo tiempo advirtieron también que es la Ciudad «quien debe demostrar por qué el plazo otorgado resulta insuficiente» y detalló que la respuestas son «manifestaciones dogmáticas y genéricas basadas en citas jurisprudenciales».
Precisaron que la situación de pandemia «requiere de respuestas urgentes a fin de evitar –en el mayor grado posible- la vulneración de los derechos que asisten a las personas usuarias del sistema de salud mental dependiente de la Ciudad».