El gobierno nacional oficializó hoy los rubros que podrán retornar a la actividad y quedar exceptuados de la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus en la ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y la provincia de Santa Fe.
Por medio de la decisión administrativa 763/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, dio luz verde así a las solicitudes de los gobiernos porteño, bonaerense y santafesino para flexibilizar la cuarentena.
En la ciudad de Buenos Aires se autorizó la reapertura de comercios minoristas de proximidad con atención al público, excepto los negocios de indumentaria y calzado; y los locales gastronómicos exclusivamente para la modalidad para llevar (take away).
Además, se exceptuó del aislamiento social a la actividad notarial, al servicio de mudanzas con fletes y minifletes, al personal afectado a la actividad de demolición y excavación; y se autorizó que los establecimientos educativos de gestión privada tengan guardias mínimas para actividad administrativa, pero sin atención al público.
Si bien el Ejecutivo nacional aclaró que “no encuentra objeciones” para los permisos solicitados, recomendó “extrema vigilancia epidemiológica en las áreas de transmisión comunitaria elevada”.
En el caso de la provincia de Buenos Aires, el Gobierno levantó la restricción a actividades en los partidos de General Puyerredón (Mar del Plata), Luján, Avellaneda, Tigre y Merlo.
Por caso, en Mar del Plata se permiten los siguientes rubros: producción fabril de productos metálicos, de máquinas de uso especial, de tejidos de punto, de indumentaria y de productos textiles; y en el comercio y servicios, venta de vehículos automotores y motocicletas, peluquerías y asesores de seguros, además de profesiones como escribanos, fonoaudiólogos y técnicos de la construcción y la ingeniería.
Por su parte, en Luján podrán retornar a la actividad productores de seguros para el cobro presencial, las peluquerías y la atención al público de heladerías.
En Avellaneda se permite específicamente la producción en las firmas Aselmo L. Morvillo SA, Fachal y Gómez SRL y Tabacalera Sarandí SA, además de la fabricación de sustancias químicas básicas, maquinaria, productos de metal e industrias básicas de hierro y metal.
Finalmente, en Tigre se autoriza la fabricación de automotores, y en Merlo la producción de cigarrillos.
Por otra parte, en todo el territorio bonaerense se autorizó la vuelta a la actividad de Autopistas de Buenos Aires S.A (AUBASA), que tiene a su cargo la administración de la Autopista Buenos Aires-La Plata y el Corredor del Atlántico.
En el caso de Santa Fe, la medida rige para el Gran Rosario y el Gran Santa Fe y se autorizó la actividad en asociaciones y agencias para el desarrollo; ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad de agentes de la Caja de Asistencia Social-Lotería de Santa Fe.
También se autorizó el comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, donde se incluyó a los denominados centros comerciales a cielo abierto y paseos peatonales de compras, pero quedaron excluidos los shoppings.
Además, se habilitó la actividad de obras privadas “que ocupen más de cinco trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios, siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento”.
También, actividades de cobranza a domicilio; talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos; servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.
La actividad aseguradora podrá en Santa Fe y Rosario siempre con la dotación mínima de personal necesario con ingreso de clientes con turno previo.
En todos los casos, el Poder Ejecutivo remarcó que las autorizaciones están sujetas a la constatación por parte de las autoridades provinciales y de la Ciudad de que se cumplan los parámetros epidemiológicos y sanitarios ya indicados, por lo que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.