El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) derogó este jueves la Resolución 72, de febrero de 2019, que establecía la metodología de traslado a tarifas del precio de gas, para recuperar la potestad de analizar y emitir «juicio de razonabilidad» en la compraventa de gas de parte de las distribuidoras.
Así lo dispuso el Enargas mediante la Resolución 27/20 al entender que la normativa derogada -adoptada por el ex directorio del mismo ente- obligaba a aprobar precios del gas contratados por el mecanismo de las subastas sin ningún tipo de revisión en cuanto a su justicia y razonabilidad.
El interventor del Enargas, Federico Bernal, dijo que el ente vuelve a tener como premisa «proteger adecuadamente los derechos de los consumidores, tarifas justas y razonables, así como precios del gas igualmente justos y razonables» al señalar la medida como parte de la decisión de «revisar intensamente todo lo actuado» en los últimos cuarto años.
«El análisis del precio del gas que debe trasladarse a la tarifa es un elemento esencial del proceso de su determinación y de la elaboración del juicio de razonabilidad de la tarifa«, explicó el Enargas al comunicar la derogación y al señalar que «ese análisis de justicia y razonabilidad que debe realizar la Autoridad Regulatoria, es obligatorio»
Ese análisis «no puede obviarse en el proceso de pase a tarifa del precio del gas en boca de pozo, pues la tarifa no es el fruto de un acuerdo de partes, sino que es un acto administrativo que le corresponde dictar a la Enargas», se explicó.