Exceptan las vinculaciones presenciales de nios alojados en hogares
El Gobierno nacional exceptuó del cumplimiento del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia del coronavirus a las personas afectadas a las actividades relacionadas con eventos culturales al aire libre, así como las vinculaciones presenciales de niñas, niños y adolescentes alojados en hogares convivenciales, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lo hizo mediante la Decisión Administrativa 1977/2020 publicada en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.
Las actividades mencionadas deberán realizarse bajo los protocolos establecidos para evitar la propagación de la pandemia y se deberá garantizar la organización de turnos, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias.
Periódicamente se realizarán el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias.
La modalidad de apertura de la oferta cultural, establece que «sólo se podrá desarrollar en patios al aire libre y terrazas de aquellos establecimientos ya habilitados”
Sobre la modalidad de apertura de la oferta cultural, uno de los anexos establece que «sólo se podrá desarrollar en patios al aire libre y terrazas de aquellos establecimientos ya habilitados o que se encuentren en trámite y librados al uso, y que hayan declarado la existencia de patios al aire libre y terrazas destinados a la permanencia de público, así como en áreas culturales sobre veredas, calzadas y espacios públicos habilitados».
Además se destinará «un sector del espacio cultural para higiene y desinfección del personal» en tanto «los instrumentos, equipos de sonido, transmisión y luces deberán ser desinfectados antes del ingreso al espacio cultural y al finalizar la actividad», indica el texto.
La norma aclara que «en caso de la utilización de instrumentos de viento se deberá colocar una barrera de acrílico para evitar la propagación de aire» y «los micrófonos utilizados serán personales y deberán poseer un filtro antipop (funda descartable e higienización antes y después de su uso)».
Se deberá mantener la distancia entre personas de al menos 2 metros y el responsable controlará la ausencia de sintomatología y realizará un control temperatura de los trabajadores”
Se deberá mantener la distancia entre personas de al menos 2 metros y el responsable controlará la ausencia de sintomatología y realizará un control temperatura de los trabajadores y/o colaboradores previo a la entrada al establecimiento.
Los alcanzados por la disposición también deberán abstenerse de compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, instrumentos, etc.) y se recomienda minimizar el uso del celular.
Las y los maquilladores y peinadores deberán higienizar el material y los camarines no podrán ser compartidos por los artistas, entre otras disposiciones.