La iniciativa de la diputada de Córdoba Federal, Alejandra Vigo, fue sancionada con el apoyo 210 votos del Frente de Todos, Juntos por el Cambio, el interbloque Federal, el interbloque Unidad para el Desarrollo Federal y el Movimiento Popular Neuquino.
Solo votó en contra el diputado neuquino del Pro Francisco Sánchez y se abstuvo la legisladora del Pro Graciela Ocaña.
El proyecto obliga a las obras sociales y mutuales provinciales brindar la cobertura total de las prácticas preventivas y terapéuticas derivadas de la asistencia a víctimas de violencia de género.
También se incluye a las terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente.
La diputada Alejandra Vigo dijo que «nos estamos ocupando de los problemas reales de las mujeres» ya que «la violencia no distingue clases sociales, por lo cual es necesario el abordaje integral desde el sistema sanitario».
«Vengo realmente con la conciencia muy tranquila porque nos estamos ocupando de los problemas reales de las mujeres, de muchas mujeres», agregó
Señaló que «la incorporación del conjunto de prestaciones preventivas y asistenciales asociadas a la violencia de género al Programa Médico Obligatorio (PMO) cumple con garantizar un abordaje integral, pero sobre todo refuerza la fase preventiva y
garantiza acceso universal a la asistencia de forma democrática y equitativa», agregó.
El presidente de la comisión de Salud, Pablo Yedlin (Frente de Todos) dijo que siempre «somos muy cuidadosos en la comisión de Salud cuando tenemos que incorporar una prestación al Programa Médico Obligatorio».
Agregó que «hoy estamos pasando la primera ola de la pandemia por eso hay que agradecer al Gobierno cómo ha sostenido el sistema de salud. Hoy hemos priorizada esta emergencia dentro de la pandemia que es la violencia de género».
El proyecto determina que las obras sociales, los prestadores de salud y todos aquellos organismos comprendidos en la presente ley, deberán «articular con las instancias nacionales, provinciales y/o locales que provean programas para la atención de la violencia de género a los fines de garantizar que la atención integral de las víctimas se realice con los parámetros y las indicaciones adecuadas»
Otro punto del proyecto es que se obligan a brindar esta cobertura como prestación obligatoria a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga (Ley 26.682), el Pami y el Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas.